
Subvenciones INEGA 2026-2027 para eficiencia energética en empresas gallegas
La Xunta abre la convocatoria IN417Y con hasta 1.000.000 € por proyecto para autónomos, pymes y grandes empresas de Galicia que apuesten por el ahorro y la eficiencia energética. Plazo del 30/01/2026 al 15/09/2026.
El INEGA (Instituto Enerxético de Galicia) ha publicado la convocatoria de subvenciones 2026-2027 para proyectos de ahorro y eficiencia energética en empresas gallegas (código IN417Y), cofinanciada con fondos FEDER-Galicia 2021-2027.
Si tu empresa quiere reducir la factura eléctrica, mejorar sus instalaciones o dar el salto a tecnologías más eficientes, esta es una de las mejores oportunidades del año. En EON Solar te ayudamos a estudiar el proyecto, redactar la memoria técnica y tramitar la solicitud.
Plazos clave
- Inicio de solicitud: 30 de enero de 2026 a las 9:00 h
- Fin de solicitud: 15 de septiembre de 2026 a las 20:00 h
- Fecha límite para ejecutar y justificar el proyecto: 15 de septiembre de 2027
- Concurrencia: no competitiva (por orden de entrada hasta agotar fondos)
⚠️ Las actuaciones no pueden estar iniciadas ni contratadas antes de presentar la solicitud de ayuda. Nada de pedir equipos ni firmar pedidos en firme antes de registrar el expediente.
¿Quién puede solicitarla?
- Empresas legalmente constituidas y autónomos con domicilio social o centro de trabajo en Galicia.
- Empresas de servicios energéticos (ESEs) que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía cuyo contrato busque el ahorro económico derivado de un menor consumo.
Líneas y proyectos subvencionables
Se financian proyectos con ratios mínimos de ahorro energético anual por euro invertido:
| Línea | Ratio mínimo de ahorro |
|---|---|
| PAPEME — Ahorro y eficiencia en pymes | 0,18 kWh/€ |
| PAGE — Ahorro y eficiencia en grandes empresas | 0,25 kWh/€ |
| PAE — Pymes o grandes empresas que reduzcan al menos un 30 % las emisiones de GEI | 0,1 kWh/€ + reducción ≥30 % GEI |
| PAP — Ahorro y eficiencia en infraestructuras públicas | 0,18 kWh/€ |
Los proyectos deben basarse en una auditoría energética (o en el certificado de eficiencia energética en el caso de actuaciones en edificios), cuyos resultados se plasmarán en la memoria técnica.
Inversión mínima subvencionable: 15.000 € (IVA no incluido). En empresas de transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura, la inversión mínima sube a 200.000 €.
Cuantía de la ayuda
La intensidad depende del tipo de proyecto y del tamaño de empresa:
- Medidas de eficiencia energética en edificios:
- Grandes empresas: 20 %
- Medianas: 30 %
- Pequeñas: 40 %
- Medidas de eficiencia energética distintas a edificios:
- Grandes empresas: 35 %
- Medianas: 45 %
- Pequeñas: 55 %
- Sector pesca y acuicultura (Reglamento de minimis UE 2023/2831):
- Grandes: 35 % · Medianas: 45 % · Pequeñas: 55 %
Topes:
- Hasta 1.000.000 € por expediente (300.000 € en régimen de minimis).
- Hasta 2.000.000 € por empresa beneficiaria.
Documentación necesaria
Entre otros documentos, la solicitud requiere:
- Declaración de otorgamiento de representación.
- Declaración responsable de capacidad administrativa, financiera y operativa.
- Declaración de no causar perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH).
- Análisis Climate Proofing (mitigación y adaptación).
- Declaración de lucha contra la morosidad.
- Memoria técnica PAE (o PAE-Iluminación) y ficha de consumos.
- Memoria técnica adicional para edificios cuando aplique.
Cómo se presenta la solicitud
Solo por medios electrónicos a través de la Sede electrónica de la Xunta de Galicia (sede.xunta.gal) o de la web del INEGA. Se necesita DNI electrónico o certificado digital en vigor del solicitante o de su representante legal.
¿Cómo puede ayudarte EON Solar?
En EON Solar estamos especializados en autoconsumo fotovoltaico, aerotermia y eficiencia energética para empresas. Te acompañamos en todo el proceso:
- Estudio previo y auditoría de tu instalación actual.
- Diseño del proyecto y memoria técnica con los ratios de ahorro exigidos.
- Tramitación de la solicitud dentro del plazo.
- Ejecución de la obra e informes de justificación para el cobro de la ayuda.
📞 Contacta con nosotros antes de firmar cualquier pedido o iniciar la obra: si el proyecto arranca antes de registrar la solicitud, la ayuda se pierde.
Fuente oficial: INEGA — IN417Y. Este artículo es un resumen divulgativo; la información oficial es la publicada en la Resolución del 16 de diciembre de 2025 (DOG del 20 de enero de 2026).
